Para Víctor Rogelio Caballero Sierra, presidente
del Colectivo Aequus, las confusiones y los vacíos de los sistemas
judiciales en México han propiciado que los responsables de los asesinatos de
cientos de mujeres no sean procesados o, en su caso, sentenciados con una pena
vitalicia por feminicidios.
El abogado especialista en Derecho Constitucional y
Amparo explica que en los códigos penales de cada entidad se tienen ciertas
condiciones para considerar una privación de la vida como un feminicidio. “En
algunos estados son más requisitos que en otros”, señala.
Sin embargo, indica que estas leyes, igual que el Código
Penal en México para determinar el feminicidio, cuentan con un último párrafo
denominado “el candado del patriarcado”, el cual permite al juez interpretar
los hechos y decidir de manera “arbitraria” si el caso corresponde a un
feminicidio después de todo el proceso de investigación complementaria.
Más información visite: https://www.forbes.com.mx/que-es-feminicidio-codigo-penal-mexico/
En el Estado de México, el segundo con más
feminicidios a nivel nacional, se encuentra establecido este argumento en el
Artículo 262 del Código Penal. “Eso cambia todo, desde la acusación, el
proceso, el desahogo de pruebas y hasta la sentencia porque un feminicidio, que
no es considerado feminicidio, puede ser un homicidio calificado”, expone.
Y para los casos de homicidios, refiere, la Ley Nacional
de Ejecución Penal permite a los sujetos procesados obtener una libertad
anticipada al cumplir un determinado tiempo de sentencia.
De ahí que los familiares, víctimas colaterales del
feminicidio, han optado por ejercer presión política y mediática sobre los
poderes judiciales a través de las manifestaciones y la difusión de los hechos
en los medios de comunicación.
Un caso particular es el de Verónica Guadalupe Benítez
Vega, la joven de 21 años asesinada por su esposo, Luis Ángel Reyes, el 6 de
julio de 2017. Ella murió a causa de 17 heridas por arma blanca y golpes de un
tabicón. Su cuerpo quedó sobre una de las calles de la comunidad de San José El
Vidrio, ubicado en el municipio Nicolás Romero, Estado de México.
Un año y siete meses después fue declarado culpable y le
otorgaron una sentencia de 55 años de cárcel, a pesar de haberse solicitado la
pena vitalicia. Empero, la defensa legal del agresor decidió interponer un
recurso de apelación, al exponer su inocencia y la falta de elementos para
calificar el asesinato como uno más de los feminicidios.
La familia de la víctima emprendió una fuerte lucha
contra el Estado para evitar reducirle la pena o dejarlo en libertad por las
autoridades judiciales mexiquenses. La Segunda Sala de Apelación del Distrito
Judicial de Tlalnepantla celebró una audiencia de la apelación en mayo de 2019
y ordenó aumentar la sanción a 62 años y seis meses de presión para el agresor.
Esto porque la ley establece que los responsables de
asesinar a las mujeres de manera violenta, añade, son castigados con una sentencia
de 40 a 70 años y -si fuera el caso- prisión vitalicia.

No hay comentarios:
Publicar un comentario